Se cumplen en estas fechas 10 años de la aprobación y entrada en vigor de una ley llamada a ser el cuarto pilar del estado de bienestar, junto con la sanidad, la educación y las pensiones y con un nombre acorde a tan ambicioso objetivo: Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, Ley de la Dependencia para los amigos.
La lectura de esta Ley es francamente reconfortante, plagada de grandes objetivos y de buenas intenciones, de derechos a las personas en atención a su estado de vulnerabilidad y con un catálogo de servicios que a la vista de cualquiera coparían las necesidades de atención básicas de cualquier persona, que por causa de la edad, enfermedad o cualquier otra circunstancia personal no puede desenvolverse por si solo en las actividades más cotidianas y mundanas de la vida.
Sin embargo, como la mayor parte de las cosas bonitas que se leen en un boletín oficial y pese a significar un indudable paso adelante y una apuesta valiente por mejorar la calidad de vida de miles de personas, los resultados diez años después de su aprobación desmerecen mucho su grandilocuencia inicial. No hace falta más que preguntar a cualquier familiar que tenga a cargo a una persona dependiente para constatar que la puesta en práctica de tan nobles objetivos recogidos en esta Ley, se han traducido en una contribución económica y asistencial escasa, y en muchos casos sangrante gracias a la falta de retroactividad en las prestaciones aprobada a nivel estatal en 2010, las listas de espera y el endurecimiento de los criterios a la hora de clasificar la dependencia, que deja muchas lagunas que la familia se ve obligada a cubrir de la mejor manera posible, en muchas ocasiones exigiendo un gran esfuerzo personal al entorno familiar y, en definitiva, instaurando un modelo concebido fundamentalmente para prestar el grueso de los servicios disponibles, no en el domicilio de la persona dependiente, sino en centros asistenciales, es decir, es un modelo que parte de la premisa básica de que una persona dependiente, para recibir una atención completa, debe salir de casa y trasladarse a una residencia en la mayor parte de casos.
Bizkaia destina anualmente una cantidad de recursos muy importante a servicios y prestaciones que tienen como finalidad atender al colectivo de personas mayores/dependientes, pero el dinero gastado en el ámbito residencial gana por goleada al domiciliario. El dinero destinado a cuidados fuera del domicilio asciende a más de 175 millones de euros anuales, mientras que los servicios que tienen como base el domicilio no llega a 90 millones, repartidos en: 54millones en cuidados en el entorno familiar (apoyo fundamental para la persona dependiente, pero desgraciadamente en numerosas ocasiones, un apoyo insuficiente por falta de formación y profesionalización), medio millón (tan solo) para la asistencia personal, una asistencia profesional que se encuentra encorsetada por un concepto tan restrictivo que la relega a un lugar marginal dentro del catálogo de servicios, cuando podía dar cobertura a una gran cantidad de personas que precisan una asistencia profesional en el domicilio y unos 40 millones de euros (en esto el concepto de transparencia todavía lo tenemos que interiorizar socialmente un poco más, ya que la mayoría de estos datos o directamente no son del dominio público o hay bucearlos en los presupuestos anuales de la Diputación), destinados para el Servicio de Ayuda a Domicilio, que gestionan los Ayuntamientos (o mancomunidades) y que presta un servicio limitado en horas y con un coste muy elevado, en muchas ocasiones desproporcionado para el rendimiento social que aporta a las familias, pese a que para ellas es asequible.
En Bizkaia, pese a disponer de mejores recursos que en otros lugares, nuestra propia normativa ha orientado el modelo de asistencia tanto a la residencia que ni siquiera es posible utilizar la prestación vinculada al servicio (una cantidad que se le destina a la persona dependiente para sufragar un servicio al que tiene que acceder por causa de su situación), para recibir una atención profesional en el domicilio, como sucede en otras comunidades autónomas, como por ejemplo en Madrid, donde esta prestación vinculada al servicio se utiliza para ayudar a financiar un servicio de elección por la persona, de centro de día, residencial o de asistencia domiciliaria, de entre los inscritos en el correspondiente registro oficial de la comunidad, por lo que se garantiza su efectivo control. En Bizkaia se destinan más de dos millones de euros al año para esta prestación limitando la facultad de elección sobre el tipo de servicio y eso se ha logrado añadiendo tan solo una palabra al nombre de la prestación tal como viene reflejada en la Ley de Dependencia: “prestación vinculada al servicio residencial”, se ha destinado esta prestación tan solo para sufragar una plaza en una residencia privada hasta que se asigne plaza en una residencia pública. Por lo tanto, en Bizkaia, si necesitas ayuda pública para cuidar a un familiar dependiente, o te las arreglas tú mismo a través de un cuidado no profesional, o solicitas el SAD, con lo que vas a seguir necesitando otra ayuda adicional, o sales de tu domicilio a un centro de día, o a una residencia.
Este décimo aniversario de la Ley de Dependencia, es momento también de recordar que se cumplen también 20 años de la primera Ley de Servicios Sociales del Gobierno Vasco, de 1.996 y que realizó una importante aportación en ese momento histórico de crisis y reconversión industrial para al colectivo con mayores dificultades de inclusión en el mercado de trabajo pero que no prestó atención (en esos momentos seguramente no daba la hucha para más) al colectivo de personas mayores/dependientes. Esta ley del 1996 fue sustituida y actualizada a los nuevos tiempos por nuestra actual Ley 12/2008 de Servicios Sociales de Euskadi, incorporando muchos de los contenidos de la Ley de Dependencia estatal y añadiéndolos al conjunto de servicios sociales y que junto con la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, la archiconocida RGI, conforman una verdadera malla de protección para los más vulnerables y de la que podemos estar orgullosos como logro social, pese a la cantidad de cosas aún por mejorar y controlar.
Todas estas efemérides, nos deben llevar a una reflexión sobre dónde nos vemos dentro de otros 10 o 20 años, con una población aún más envejecida, con una expectativa de vida alargándose cada año más, y con un envejecimiento dentro del envejecimiento, que hace que ya no nos sorprendamos de que una persona llegue a los 100 años, y que nos parezca “joven” una persona al morir con 75.
Esta reflexión debe poner el centro de atención en el domicilio, como punto de referencia de los servicios a recibir por las personas mayores/dependientes, incidir realmente en la prevención de la dependencia y fomento de la autonomía personal a través de políticas intersectoriales desde el ámbito de la sanidad, vivienda y servicios sociales; impulsar el modelo de vivienda tutelada orientada a la persona mayor; la atención en el domicilio profesional; la adaptación del domicilio a las necesidades de esa etapa de la vida; la formación y cualificación de los cuidadores en el entorno familiar e ir relegando el ámbito institucional, la temida residencia, para los casos más agravados y en los que ya no es posible atender a la persona con garantías en su entorno privado domiciliario. La fuerza de los acontecimientos nos llevará tarde o temprano a esa situación, ya que de seguir así, ya no bastará con construir más residencias (cosa que no se va a poder hacer en gran medida) harán falta auténticas “ciudades-residencia”. Pongamos los bueyes delante del carro, y no al revés y pensemos que ya tenemos esas “ciudades”, lo que tenemos que hacer es ser conscientes de ello y actuar en consecuencia.
